DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN DEL EMPLEO

  • La promoción del empleo es una función estatal por expreso mandato de nuestra Constitución Política
  • El acceso a un empleo pleno, digno y productivo es una de las Políticas de Estado del Acuerdo Nacional
  • El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo es el organismo rector en materia de Promoción del Empleo
  • La Dirección General de Promoción del Empleo es el órgano de línea del Viceministerio de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, de carácter técnico normativo responsable de proponer y ejecutar las políticas públicas y funciones sustantivas en materia de promoción del empleo

AREAS TEMÁTICAS

autoempleo

discapacitados

migracion

mercadotrabajo

BASES CONSTITUCIONALES DE LA PROMOCIÓN DEL EMPLEO

Constitución Política del Perú

Artículo 22°.-

El trabajo es un deber y un derecho. Es base del bienestar social y un medio de realización de la persona.”

Artículo 23°.-

El trabajo, en sus diversas modalidades, es objeto de atención prioritaria del Estado, el cual protege especialmente a la madre, al menor de edad y al impedido que trabajan.

El Estado promueve condiciones para el progreso social y económico, en especial mediante políticas de fomento del empleo productivo y de educación para el trabajo. (…)”

Artículo 58°.-

(…) el Estado orienta el desarrollo del país, y actúa principalmente en las áreas de promoción de empleo, salud, educación, seguridad, servicios públicos e infraestructura.”

Artículo 59°.-

El Estado estimula la creación de riqueza y garantiza la libertad de trabajo y la libertad de empresa, comercio e industria. El ejercicio de estas libertades no debe ser lesivo a la moral, ni a la salud, ni a la seguridad públicas. El Estado brinda oportunidades de superación a los sectores que sufren cualquier desigualdad (…)”

 

POLÍTICAS DE ESTADO DEL ACUERDO NACIONAL

14. Acceso al Empleo Pleno, Digno y Productivo

Nos comprometemos a promover y propiciar, en el marco de una economía social de mercado, la creación descentralizada de nuevos puestos de trabajo, en concordancia con los planes de desarrollo nacional, regional y local. Asimismo, nos comprometemos a mejorar la calidad del empleo, con ingresos y condiciones adecuadas, y acceso a la seguridad social para permitir una vida digna. Nos comprometemos además a fomentar el ahorro, así como la inversión privada y pública responsables, especialmente en sectores generadores de empleo sostenible.

Con este objetivo el Estado:

  1. Fomentará la concertación entre el Estado, la empresa y la educación para alentar la investigación, la innovación y el desarrollo científico, tecnológico y productivo, que permita incrementar la inversión pública y privada, el valor agregado de nuestras exportaciones y la empleabilidad de las personas, lo que supone el desarrollo continuo de sus competencias personales, técnicas y profesionales y de las condiciones laborales;
  2. contará con normas que promuevan la formalización del empleo digno y productivo a través del diálogo social directo;
  3. garantizará el libre ejercicio de la sindicalización a través de una Ley General del Trabajo que unifique el derecho individual y el colectivo en concordancia con los convenios internacionales de la Organización Internacional del Trabajo y otros compromisos internacionales que cautelen los derechos laborales;
  4. desarrollará políticas nacionales y regionales de programas de promoción de la micro, pequeña y mediana empresa con énfasis en actividades productivas y en servicios sostenibles de acuerdo a sus características y necesidades, que faciliten su acceso a mercados, créditos, servicios de desarrollo empresarial y nuevas tecnologías, y que incrementen la productividad y asegurar que ésta redunde a favor de los trabajadores;
  5. establecerá un régimen laboral transitorio que facilite y amplíe el acceso a los derechos laborales en las micro empresas;
  6. apoyará las pequeñas empresas artesanales, en base a lineamientos de promoción y generación de empleo;
  7. promoverá que las empresas inviertan en capacitación laboral y que se coordine programas públicos de capacitación acordes a las economías locales y regionales;
  8. garantizará el acceso a información sobre el mercado laboral que permita una mejor toma de decisiones y una orientación más pertinente sobre la oferta educativa;
  9. fomentará la eliminación de la brecha de extrema desigualdad entre los que perciben más ingresos y los que perciben menos;
  10. fomentará que los planes de desarrollo incluyan programas de empleo femenino y de los adultos mayores y jóvenes;
  11. promoverá la utilización de mano de obra local en las inversiones y la creación de plazas especiales de empleo para las personas discapacitadas;
  12. garantizará la aplicación del principio de igual remuneración por trabajo de igual valor, sin discriminación por motivo de origen, raza, sexo, idioma, credo, opinión, condición económica, edad o de cualquier otra índole;
  13. garantizará una retribución adecuada por los bienes y servicios producidos por la población rural en agricultura, artesanía u otras modalidades,
  14. erradicará las peores formas de trabajo infantil y, en general, protegerá a los niños y adolescentes de cualquier forma de trabajo que pueda poner en peligro su educación, salud o desarrollo físico, mental, espiritual, moral o social;
  15. promoverá mejores condiciones de trabajo y protegerá adecuadamente los derechos de las trabajadoras del hogar;
  16. fomentará la concertación y el diálogo social entre los empresarios, los trabajadores y el Estado a través del Consejo Nacional de Trabajo, para promover el empleo, la competitividad de las empresas y asegurar los derechos de los trabajadores; y
  17. desarrollará indicadores y sistemas de monitoreo que permitan establecer el impacto de las medidas económicas en el empleo.
Actualizado el 2016-02-05 - 15:41:30 horas