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MTPE identificará falsos sindicatos de construcción civil

Se revisarán todos los expedientes administrativos del registro de organizaciones sindicales generados entre el 2006 y el 9 de noviembre del 2014. :: Publicado el 18/08/2016

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El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) publicó hoy la Resolución Ministerial N° 170-2016-TR, la cual precisa que se debe emitir las disposiciones necesarias para que la Autoridad Administrativa de Trabajo regional y nacional revise la información correspondiente a las organizaciones sindicales de construcción civil que obra en el registro sindical, a fin de identificar a aquellas que han incurrido en fraude o falsedad, así como en incumplimiento de deberes e impedimentos esenciales previstos en las normas que regulan su constitución y funcionamiento.

Las Direcciones o Gerencias Regionales de Trabajo y Promoción del Empleo estarán a cargo de la revisión y análisis de los documentos contenidos en los expedientes administrativos de inscripción en el registro sindical correspondientes a las organizaciones sindicales de trabajadores pertenecientes al sector de construcción civil, generados entre el 2006 y el 9 de noviembre del 2014, independientemente del nivel o ámbito de la organización.

El plazo de revisión es no mayor a 25 días hábiles, donde se comprobará el cumplimiento de los requisitos legales para la inscripción en el registro sindical, conforme al Texto Único Ordenado de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo y al Reglamento de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo; además de verificar que no se incurra en impedimentos esenciales de las organizaciones sindicales.

Si como consecuencia de la revisión se estableciera que no existen incumplimientos, la dependencia competente elevará un informe al superior jerárquico detallando las acciones realizadas y sugiriendo la conclusión de la revisión. En caso se detecten incumplimientos, se le otorgará al administrado un plazo de 10 días hábiles para que subsane el incumplimiento o se pronuncie al respecto.

De evidenciarse el fraude o la falsedad de los documentos, declaraciones, información u otros presentados como parte de los requisitos para la inscripción en el registro sindical, se procederá a trasladar todo lo actuado a la Procuraduría Pública de la Autoridad Administrativa de Trabajo para solicitar judicialmente la declaración de nulidad del acto de inscripción en el registro sindical.

Es importante destacar que la actividad de construcción civil genera una importante cantidad de puestos de trabajo a nivel nacional y contribuye con el crecimiento económico del país; sin embargo, este sector es afectado por una presencia considerable de actos delictivos perjudicando a empleadores y trabajadores.