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Remuneración mínima vital asciende a 930 soles

:: Publicado el 22/03/2018

Mediante decreto supremo Nº 004-2018-TR, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) publicó hoy en el diario oficial El Peruano el incremento de la Remuneración mínima vital de los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada.

En este sentido, la norma señala un aumento de S/80, con lo que el sueldo mínimo pasará de S/850 a S/930; incremento que tendrá eficacia a partir del 1 de abril de 2018.

Asimismo, para las microempresas inscritas en el Registro Nacional de la Micro y Pequeña Empresa (Remype) se aplica desde el 1 de mayo de 2018.

El reajuste de la remuneración mínima toma en cuenta criterios técnicos para el análisis de los índices de inflación subyacente y productividad, a fin de que el incremento refleje el desempeño económico de nuestro país y contribuya con la mejora sostenida del poder adquisitivo de los trabajadores.

Como se recuerda, el pasado 15 de marzo el Consejo Nacional de Trabajo y Promoción del Empleo (CNTPE) acordó elevar al Ejecutivo los informes del sector trabajador y empleador sobre la remuneración mínima vital.

Por esta razón, el MTPE elaboró un informe técnico conforme a lo recibido por ambas partes para que el presidente Pedro Pablo Kuczsynki decida.

OFICINA DE COMUNICACIÓN E IMAGEN INSTITUCIONAL