Comunicación de remanente de utilidades.
BASE LEGAL
- D.L. Nº 892 Art. 1º del 11/11/1996, modificada por Ley Nº 28464 Art. 1º del 13/01/2005);
- D.S Nº 009-98-TR, Art. 9 del 06/08/1998, modificado por D.S. N° 002-2005-TR. Art. 1º del 06/05/2005.
REQUISITOS
Comunicación según Formato, indicando el importe del remanente de las utilidades, adjuntando:
- Indicar Nº de RUC vigente
FORMULARIO S/ CÓDIGO/ UBICACIÓN
—
DERECHO DE TRAMITACIÓN
COSTO UIT % : —
COSTO EN SOLES S/.: Gratuito
CALIFICACIÓN
AUTOMÁTICA: SI
EVALUACIÓN PREVIA (Silencio Positivo) : —
EVALUACIÓN PREVIA (Silencia Negativo): —
PLAZO PARA RESOLVER (Días hábiles)
—
INICIO DEL PROCEDIMIENTO
Oficina de Atención al Ciudadano y Gestión Documentaria
AUTORIDAD COMPETENTE PARA RESOLVER
- Dirección de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral
INSTANCIAS DE RESOLUCIONES DE RECURSOS
Reconsideración:—
Apelación: —
Actualizado: 2016-12-06 16:51:50