La Condecoración de la Orden del Trabajo tiene la siguiente base legal:
Sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos:
El 3 de marzo de 2005 la Corte Interamericana de Derechos Humanos emitió sentencia en lo relativo al caso Nº 11.786 que establece que “El Estado debe asegurar que a partir del año 2005, en la celebración oficial del 1 de mayo (Día del Trabajo), se recordará y se exaltará la labor del señor Pedro Huilca Tecse a favor del movimiento sindical del Perú.
En cumplimiento de dicha Sentencia, la Resolución Ministerial Nº 114-2005-TR, del 28 de abril de 2005, dispuso que a partir de la fecha, se introduzca en el programa de la Ceremonia de Condecoración de la Orden del Trabajo (1º de mayo de cada año) una referencia al señor Pedro Huilca en la que se explique y exalte el rol social desarrollado a favor del movimiento sindical peruano.
Actualizado el: 2023-04-10 20:54:42