2. Funciones de la Oficina de Descentralización
De acuerdo al Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Resolución Ministerial Nº 004-2014-TR, modificado por Decreto Supremo Nº 020-2017-TR, la Oficina de Descentralización tiene las siguientes funciones específicas:
- Asistir a las Direcciones Generales de los sectores Trabajo y Promoción del Empleo en su función de coordinación con los gobiernos regionales y locales, para su implementación, monitoreo y evaluación de las políticas nacionales y sectoriales.
- Articular los mecanismos de información que desarrollen las Direcciones Generales para el cumplimiento de las competencias compartidas en materia de trabajo, promoción del empleo y formación profesional.
- Proponer la celebración de convenios en aquellos aspectos que se considere que requieren ser fortalecidos, en materia de su competencia.
- Articular en un único sistema de seguimiento, monitoreo y evaluación, las competencias y funciones transferidas a los gobiernos regionales implementados por las Direcciones Generales, con el objeto de coadyuvar al cumplimiento de las políticas y normas nacionales y sectoriales, en materia de trabajo y promoción del empleo.
- Coordinar con otras entidades del Poder Ejecutivo, las materias relacionadas al proceso de transferencia de los Sectores.
- Asesorar a la Alta Dirección en asuntos relacionados al proceso de transferencia.
- Formular y proponer los planes, proyectos y programas vinculados al proceso de transferencia y el fortalecimiento de las competencias compartidas con los Gobiernos Regionales y Locales, en coordinación con las Direcciones Generales de Línea.
- Representar al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo en comisiones multisectoriales y/o eventos nacionales en materia de su competencia, por indicación de la Alta Dirección.
- Otras funciones que le encargue el titular de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto.