SERVICIOS - DIRECCIÓN DE PROMOCIÓN Y PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES Y DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

 

I.- DERECHOS FUNDAMENTALES

1.- Autorización para el trabajo dependiente de las y los adolescentes:

Buscando proteger los derechos fundamentales de las y los adolescentes en el ámbito laboral, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo o la respectiva Dirección o Gerencia Regional de Trabajo y Promoción del Empleo, a través de la Dirección de Promoción y Protección de los Derechos Fundamentales y de la Seguridad y Salud en el Trabajo o autoridad que haga sus veces, otorga la autorización para que él o la adolescente trabaje en forma dependiente, siempre y cuando: i) tenga la edad mínima de admisión al empleo (en el Perú, la edad mínima de admisión al empleo es 14 años de edad) y, si) que las labores a desempeñar no contravengan la Relación de Trabajos Peligrosos y Actividades Peligrosas o Nocivas para la salud integral y la moral de las y los Adolescentes, aprobada por el Decreto Supremo Nº 003-2010-MIMDES; ello a fin de garantizar la educación, la salud, el desarrollo integral y el respeto a los derechos socio laborales de las y los adolescentes que trabajan.

Requisitos: El padre, madre, tutor o responsable que acompaña al o la adolescente a obtener la autorización para el trabajo dependiente, deberá:

Presentar una solicitud simple ante la Oficina de Atención al Ciudadano y Gestión Documentarla (Mesa de Partes) del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo o de la respectiva Dirección o Gerencia Regional de Trabajo y Promoción del Empleo, según formato adjunto. Descargar

  • Copia del certificado médico otorgado por el sector Salud o por Essalud, que acredite la capacidad física, mental y emocional del o la adolescente para realizar las labores a desempeñar.
  • Copia del carnet escolar o libreta de notas o constancia de estudios o certificado de estudios actualizados a la fecha de presentar esta solicitud.
  • Nombre o razón social de la empresa, numero de RUC y domicilio en donde prestara sus servicios el o la adolescente.

Importante:

  • El servicio es totalmente gratuito.
  • Se requiere la presencia del o la adolescente en compañía de su padre o madre o tutor o responsable.
  • De cumplirse con todos los requisitos señalados, la autorización se otorgara en el plazo máximo de 01 hora.
  • Asimismo, se hace de conocimiento que NO SE BRINDARA AUTORIZACIÓN para actividades consideradas como trabajos peligrosos o nocivos para la salud integral y la moral de las y los adolescentes, de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 003-2010 MIMDES. Descargar
  • El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo o la respectiva Dirección o Gerencia Regional de Trabajo y Promoción del Empleo, a través de la Inspección del Trabajo, efectuara el seguimiento a todas las autorizaciones otorgadas, a fin de cautelar el cumplimiento de los derechos de las y los adolescentes que trabajan en forma dependiente.

Consultas al teléfono: 630-6000 anexo: 3012 / 3056

 

2.- Conferencias en Instituciones Educativas sobre Autorización de Trabajo Adolescente.

A través de este servicio se busca difundir y dar a conocer, a los alumnos adolescentes de las instituciones educativas del nivel secundario de Lima Metropolitana:

  1. el servicio gratuito de autorización para ejercer el trabajo dependiente;
  2. los requisitos que se deben cumplir para obtener la autorización;
  3. los derechos socio laborales que les asiste al o la adolescente que trabaja en forma dependiente;
  4. La problemática y la prevención del trabajo infantil, del trabajo forzoso, entre otros.

Requisitos: Aun cuando el Ministerio, en estos casos actúa de oficio pero en coordinación con la respectiva Institución Educativa, se puede presentar una solicitud simple por Mesa de Partes, indicando los datos de la institución educativa básica regular de nivel secundario, colegio no escolarizado o centro de educación básica alternativa. (Nombre, dirección, teléfono, correo y responsable).

Importante:

  • El servicio de conferencias está dirigido fundamentalmente a los alumnos del 4to. y 5to año de educación secundarla, así como a los respectivos profesores y padres de familia.
  • Las conferencias se realizan en las instalaciones de la misma Institución Educativa solicitante.

Consultas al teléfono: 630-6000 anexo: 3012 / 3056

 

II.- SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

 

1.- Capacitación y orientación para la implementación del Sistema de Gestión en Seguridad y Salud en el Trabajo y la prevención de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales

A través de este servicio se busca orientar y capacitar a empresarios y trabajadores sobre los procedimientos y requisitos para la conformación de los Comités de Seguridad y Salud en el Trabajo, la implementación del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo y la prevención de los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales, generando así una cultura de prevención de riesgos laborales.

Requisitos:

  • Presentar solicitud ante la Oficina de Atención al Ciudadano y Gestión Documentarla (Mesa de Partes) del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo o ante la respectiva Dirección o Gerencia Regional de Trabajo y Promoción del Empleo, indicando los datos de la empresa (nombre, Dirección, teléfono, correo y persona de contacto).

Importante:

  • Las acciones de orientación se realizan en las instalaciones de las empresas solicitantes del servicio.
  • Se entregan certificados, cuando hay disponibilidad de los mismos.

Consultas al teléfono: 630-6000 anexo: 3012 / 3057

 

Actualizado el: 2016-01-07 16:41:59