Inscripción en el Registro Nacional de Empresas y Entidades que realizan Actividades de Intermediación Laboral.
BASE LEGAL
- Ley Nº 27626, Arts. 9º, 13º, 14º y 16º, del 09/01/2002;
- D.S.Nº 003-2002-TR, Arts. 7º y 8º del 28/04/2002;
- Ley N° 26002 Art. 95° del 27/12/1992, modificado por la Ley N° 27839 del 11/10/2002.
- R.M. Nº 206- 2007-TR, Art. 5.1º del 13/08/2007.(10)
REQUISITOS
Solicitud según Formato que deberá ser presentada ante la Autoridad Administrativa de Trabajo de la localidad donde se encuentre la sede principal de la entidad, adjuntando:
- Copia de la escritura pública de constitución, y sus modificaciones de ser el caso, debidamente inscritas en la Oficina Registral respectiva.
- Indicar Nº de RUC vigente.
- Copia de la autorización expedida por la entidad competente, en aquellos casos en que se trate de entidades que requieran un registro o autorización de otro Sector.
- Declaración Jurada simple y escrita del domicilio actual.
En caso que la entidad cuente con una sede administrativa y uno o varios centros de labores, sucursales o agencias o en general cualquier otro establecimiento, deberá indicar este hecho en la solicitud, acompañando las constancias originales respectivas.
- Acreditar un capital social suscrito y pagado no menor a cuarenta y cinco (45) UITs o su equivalente en certificados de aportaciones, al momento de su constitución. Si al momento de su constitución la entidad no cumpliera con acreditar este monto de capital social, deberá acreditarlo a la fecha en que presenta la solicitud de inscripción en el Registro, debiendo mantenerlo así durante su vigencia.
- Declaración jurada, según Formato, respecto al (los) centro (s) de trabajo en donde se lleva la documentación laboral vinculada con los trabajadores.
Las entidades que cuenten con otros establecimentos que vengan operando a nivel nacional, deberán presentar además:
- Copia de la Escritura Pública de creación de Sucursal, debidamente inscrita en la Oficina Registral del lugar donde se abrirá la sucursal.
- Copia de la Resolución de autorización o de Registro del Sector competente de la zona donde se vaya a operar, de ser el caso.
- Constancia de pago de la tasa correspondiente abonada en el Banco de la Nación.
FORMULARIO S/ CÓDIGO/ UBICACIÓN
—
DERECHO DE TRAMITACIÓN
COSTO UIT % : 1.8418
COSTO EN SOLES S/.: 72.75
CALIFICACIÓN
AUTOMÁTICA: —
EVALUACIÓN PREVIA (Silencio Positivo) : SI
EVALUACIÓN PREVIA (Silencia Negativo): —
PLAZO PARA RESOLVER (Días hábiles)
20 días
INICIO DEL PROCEDIMIENTO
Oficina de Atención al Ciudadano y Gestión Documentaria
Av. Salaverry Nº 655 – Jesús María
AUTORIDAD COMPETENTE PARA RESOLVER
- Dirección de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral
INSTANCIAS DE RESOLUCIONES DE RECURSOS
Reconsideración:—
Apelación: Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Lima Metropolitana
Actualizado: 2016-12-06 16:51:50