Denuncia por incumplimiento de pago de Derechos y Beneficios Laborales por parte de Empresas y Entidades que realizan Actividades de Intermediación Laboral.
ANTECEDENTE LEGAL
- Ley Nº 27626, Art. 23º, del 09/01/2002.
REQUISITOS
a) Resolución firme expedida por la Autoridad Administrativa de Trabajo, realizada en el procedimiento inspectivo.
Solicitud según Formato, adjuntando:
- Copia de la Resolución Administrativa donde conste el incumplimiento ejecutada en
un procedimiento inspectivo.
b) Acta de Conciliación celebrada con la intervención de la Autoridad Administrativa de Trabajo.
Solicitud según Formato, adjuntando:
- Copia simple del Acta de Conciliación.
c) Incumplimiento de Resolución Judicial o laudo arbitral.
Solicitud según Formato, adjuntando:
- Copia de la resolución judicial o laudo arbitral.
- Copia del cargo de notificación del mandato de ejecución realizada a la Empresa o Entidad de Intermediación Laboral.
d) Acta de Conciliación Extrajudicial.
Solicitud según Formato, adjuntando:
- Copia simple del Acta de Conciliación Extrajudicial.
DERECHO DE PAGO
Derecho de Pago:Gratuito
Forma de Pago: —
Costo UIT:—
CALIFICACIÓN
Automático:—
Evaluación Previa (Silencio Positivo):20 días hábiles
Evaluación Previa (Silencio Negativo):—
DEPENDENCIA DONDE SE INICIA EL TRÁMITE (VÍA DOCUMENTARIA)
Oficina de Administración Documentaria, Arch.y Bibliot.
AUTORIDAD COMPETENTE EN PRIMERA INSTANCIA
Dirección de Promoción del Empleo y Formación Profesional o Dependencia que haga sus veces
AUTORIDAD QUE RESUELVE RECURSO ADMINISTRATIVO DE APELACIÓN EN SEGUNDA INSTANCIA
Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo
AUTORIDAD NACIONAL QUE RESUELVE RECURSO ADMINISTRATIVO DE REVISIÓN
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Actualizado: 2016-12-06 17:50:46