Lima, 18 de julio del 2016.- En cumplimiento de la Ley General de la Persona con Discapacidad, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) aprobó la “Norma técnica para el diseño, implementación y ejecución de ajustes razonables para personas con discapacidad en el sector privado”, la cual busca garantizar que dichas personas realicen sus labores en igualdad de condiciones que el resto de los trabajadores.
De esta manera, el MTPE establece las disposiciones que regula el derecho de las personas con discapacidad de solicitar ajustes razonables en el ámbito laboral, así como la obligación de los empleadores del sector privado de proporcionarlos siempre que no se incurra cargas económicas desproporcionadas o indebidas para la empresa.
La norma señala que es responsabilidad del empleador implementar los ajustes razonables contando con la cooperación del trabajador con discapacidad, asimismo contiene información clara y precisa sobre las obligaciones que tienen los empleadores sobre la carga económica excesiva, fijadas para la aplicación de dichos ajustes, los que serán deducibles del impuesto anual a la renta.
De igual forma, se considera el teletrabajo como ajuste razonable, permitiendo que se pacte con el empleador un horario en el que no obligue al trabajador con discapacidad a asistir al centro de trabajo. De otro lado, la incorporación de estos ajustes en los casos de intermediación y tercerización laboral, supone la posibilidad de coordinar con la empresa contratista o usuaria la implementación de ajustes a favor de trabajadores con discapacidad.
Es preciso destacar que esta norma técnica responde a las obligaciones contenidas en la Convención de los Derechos de la Persona con Discapacidad y en la Ley General de la Persona con Discapacidad, y representa un avance importante en la operatividad de los ajustes razonables en las empresas privadas.
Los ajustes razonables son las modificaciones y adaptaciones necesarias y adecuadas, requeridas en un caso particular que, sin imponer una carga económica excesiva, sirven para garantizar a la persona con discapacidad el goce o ejercicio del derecho al trabajo en igualdad de condiciones con los demás para facilitar el acceso al puesto de trabajo, desarrollo eficiente, programas de entrenamiento, actualización laboral y programas de ascenso, entre otros.