En qué consiste?
A través de una opinión técnica, la Autoridad Administrativa emite criterios generales sobre los alcances de la legislación sin que ello implique de modo alguno resolver o pronunciarse sobre casos concretos, pues ello corresponde a las instancias administrativas o judiciales competentes de acuerdo con el marco legal.
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¿Dónde se realiza?
La solicitud de opinión técnica, dirigida a la autoridad competente según la materia, se presenta ante Mesa de Partes del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, ubicada en Avenida Salaverry N° 655, Jesús María.
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¿Quién lo puede solicitar?
Persona natural o jurídica.
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¿Cuáles son los requisitos?
Debe cumplir los requisitos establecidos en el artículo 124 del Texto Único Ordenado de la Ley de Procedimiento Administrativo General, aprobado Decreto Supremo N° 004-2019-JUS.
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¿Cuánto cuesta?
Gratuito
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¿Cuál es el plazo de atención?
Treinta (30) días hábiles.