DIRECCIÓN DE SEGURIDAD SOCIAL – DGT

¿QUÉ ES LA SEGURIDAD SOCIAL?

La seguridad social es la protección que una sociedad proporciona a los individuos y los hogares para asegurar el acceso a la asistencia médica y garantizar la seguridad del ingreso, en particular en caso de vejez, desempleo, enfermedad, invalidez, accidentes del trabajo, maternidad o pérdida del sostén de familia.

 

Resolución Ministerial N° 239-2019-TR

 

Resolución Ministerial Nº239-2019-TR

Boletín Informativo en Seguridad Social en Salud – R.M. N° 156-2018-TR

Boletín de la Organización Iberoamericana de Seguridad Social OISS

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EL DERECHO A LA SEGURIDAD SOCIAL

Es un derecho humano reconocido por distintos países y organismos internacionales, a través de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, del Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales, de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre y el Protocolo adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Protocolo de San Salvador).

En el ámbito de la Organización Internacional de Trabajo, el Convenio Nº 102, sobre la Seguridad Social, que comprende nueve ramas de la seguridad social: asistencia médica, prestaciones de vejez, prestaciones monetarias de enfermedad, prestaciones de desempleo, prestaciones en caso de accidente de trabajo y enfermedad profesional, prestaciones familiares, prestaciones de maternidad, prestaciones de invalidez y sobrevivencia, ha establecido normas mínimas en prestaciones y condiciones de acceso para cada una de ellas.

En el ámbito interno, nuestra Constitución Política acoge el principio-derecho de la dignidad humana como directriz de todo nuestro ordenamiento. De ahí que, en su artículo 1° señale que “la defensa de la persona humana y el respecto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y el Estado”. Así, el derecho a la seguridad social se encuentra plasmado como derecho fundamental en el artículo 10° de la norma suprema, el cual dispone que “el Estado reconoce el derecho universal y progresivo de toda persona a la seguridad social, para su protección frente a las contingencias que precise la ley y para la elevación de su calidad de vida”. Además, el artículo 11° señala que “el Estado garantiza el libre acceso a prestaciones de salud y a pensiones, a través de entidades públicas, privadas o mixtas”, supervisando “su eficaz funcionamiento”.

En este sentido, se debe considerar que la seguridad social se constituye como un derecho económico y social, por lo que su satisfacción y garantía para todas las personas no es inmediatamente realizable, sino se requiere que el Estado adopte acciones específicas que se ejecuten progresivamente a fin de alcanzar el efectivo acceso a este derecho.

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¿POR QUÉ ES IMPORTANTE LA SEGURIDAD SOCIAL?

La seguridad social es muy importante, pues con ella, se procura protección frente a las contingencias o sucesos que nos puedan ocurrir durante el transcurso de nuestras vidas como: enfermedad, muerte, accidente, vejez, maternidad, desempleo, nacimiento, etc, y que ello pueda perjudicar nuestra calidad de vida y de la familia.

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¿QUÉ PRESTACIONES NOS OTORGA LA SEGURIDAD SOCIAL EN NUESTRO PAÍS?

Prestaciones en salud Prestaciones económicas Seguridad Social en pensiones Seguridad social para trabajo de riesgo

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¿QUÉ INSTITUCIONES BRINDAN LAS PRESTACIONES DE LA SEGURIDAD SOCIAL?

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EL ROL DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO COMO RECTOR DE LA POLÍTICA DE SEGURIDAD SOCIAL

Según la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobada por Ley Nº 29381, el MTPE es el organismo rector de las políticas nacionales de su responsabilidad, ejerciendo competencia exclusiva y excluyente en materia de seguridad social, respecto de otros niveles de gobierno en todo el territorio nacional.

Es así, que de acuerdo a la organización del Estado, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, tiene el rol de promover y ejercer la coordinación en materia de Seguridad Social y promover el desarrollo de una cultura de seguridad social, en coordinación con las entidades y órganos competentes.

Atendiendo a ello, con la aprobación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo mediante Decreto Supremo N° 004-2014-TR, se creó la Dirección de Seguridad Social como unidad orgánica integrante de la Dirección General de Trabajo, que tiene entre sus funciones:

En el sistema de seguridad social en el Perú, participan sub sistemas de distinta naturaleza que a su vez involucran a diversas entidades públicas y privadas, por lo que aspectos como: gestión, cobertura y prestaciones que brindan cada uno de aquellos sub sistemas pueden ser repotenciados mediante acciones de coordinación e institucionalización promovidas por el Estado, aspecto que es promovido por el MTPE a través de la Dirección de Seguridad Social.

En este contexto, a través de las funciones y acciones que desarrolla la Dirección de seguridad Social se busca: “Promover el acceso universal al derecho a la Seguridad Social en condiciones de calidad, fortaleciendo la institucionalidad y fomentando una cultura de Seguridad Social“, desarrollando instrumentos que promuevan la coordinación entre los entes involucrados en la gestión y financiamiento de las prestaciones de la seguridad social, como una respuesta a los bajos niveles de cobertura de seguridad social en nuestro país, lo que permitirá mejorar las condiciones de acceso a los sub sistemas y las prestaciones que éstos brindan.

DÍPTICOS INFORMATIVOS

VIDEOS INFORMATIVOS


Registro de Pago de Trabajadores del Hogar


Registro de Derechohabiente de Trabajadoras del Hogar


¿Qué es la Seguridad Social?


¿Por qué es importante?


¿Para qué nos sirve?