Registro Nacional de Contratos de Trabajo de Personal Extranjero en el SIVICE

COMUNICADOS OFICIALES:

  • Inicio del funcionamiento del Sistema Virtual del Registro Nacional de Contratos de Trabajo de Personal Extranjero – SIVICE (Ver)
  • Exoneración de los Porcentajes Limitativos en el Registro Nacional de Contratos de Personal Extranjero – SIVICE (Ver)
  • La sanción de los empleadores con Multa en caso incurran en los actos estipulados en el Artículo 9 del Decreto Legislativo N° 689 (Ver)
  • Comunicado sobre consultas al sistema virtual de contratos de extranjeros - SIVICE (Ver)
  • Forma de adjuntar el comprobante de pago por derecho de aprobación, prórroga o modificación de contratos de trabajo de personal extranjero en el SIVICE. (Ver)
  • Registro de contratos de trabajo de personal extranjero del convenio MERCOSUR. (Ver)

1. Concepto

El Registro Nacional de Contratos de Trabajo de Personal Extranjero es un registro administrativo que recopila la información de las solicitudes de registro presentadas por los empleadores ante la Autoridad Administrativa de Trabajo Regional correspondiente al lugar de prestación de servicios del personal extranjero, el cual se realiza a través del “Sistema Virtual de Contratos de Extranjeros – SIVICE”.

La Dirección o Gerencia Regional de Trabajo y Promoción del Empleo responsable de los trámites de aprobación de contrato de trabajo de personal extranjero de contratación, sus prórrogas y/o modificaciones, es la Autoridad Administrativa de Trabajo Regional competente para la emisión de la Constancia de aprobación correspondiente, quedando a cargo de la fiscalización posterior.

Asimismo, respecto a la contratación del personal exceptuado señalado en el artículo 3 del Decreto Legislativo N° 689, de acuerdo al artículo 3 del Reglamento de la Ley de Contratación de Trabajadores Extranjeros, aprobado mediante Decreto Supremo N° 014-92-TR, el personal exceptuado incurso en los incisos a), b), c), y g) que celebra contratos de trabajo a tiempo indefinido, a efectos de formalizar su presentación ante la Autoridad Migratoria, puede solicitar a su empleador realizar su registro a través del “Sistema Virtual de Contratos de Extranjeros – SIVICE”, la Dirección o Gerencia Regional de Trabajo y Promoción del Empleo del lugar donde prestará servicios es la competente para la emisión de la respectiva Constancia de registro, quedando a cargo de la fiscalización posterior. Sin perjuicio de ello, los empleadores que contraten a los demás casos del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 689 no están impedidos de solicitar su registro a través del “Sistema Virtual de Contratos de Extranjeros – SIVICE”.

La administración del Sistema Virtual de Contratos de Extranjeros – SIVICE y Registro Nacional de Contratos de Trabajo de Personal Extranjero se encuentra a cargo de la Dirección de Registros Nacionales de Relaciones de Trabajo de la Dirección General de Trabajo.

Cuando se requiera realizar:

  • Baja del registro
  • Modificación del registro
  • Consultas por las tasas de pago
  • Entre otros

Debe realizarlo en la DRTPE/GRTPE donde registró o desea registrar el acto administrativo.

En el siguiente link encontrarás los contactos por cada DRTPE/GRTPE.  (Ver)

Consulta la tasa de pago correspondientes a cada DRTPE/GRTPE: (Ver)

Para consultas laborales:

Comunicarse a la línea de atención: llamando al 0800 16872 (línea gratuita), desde cualquier teléfono público, teléfono fijo o celular.

Asimismo, puede realizar a través del formulario de consultas telemáticas, en el  siguiente link: (Ver)

Los problemas técnicos deben ser remitidos a: mds@trabajo.gob.pe

DESCARGA AQUÍ UN MODELO DE CONTRATO DE TRABAJO. Ver

2. Base normativa

  • Decreto Legislativo N° 689 – Dictan Ley para la contratación de trabajadores extranjeros, y sus modificatorias realizadas por Ley N° 26196 y Decreto Legislativo N° 1246.
  • Decreto Supremo N° 014-92-TR – Reglamento de la Ley de Contratación de Trabajadores Extranjeros, y sus modificatorias realizadas por los Decreto Supremo N° 023-2001-TR y N° 008-2018-TR.
  • Resolución Ministerial N° 291-2018-TR – Aprueban normativa complementaria para la aprobación, prórroga o modificación de los contratos de trabajo de personal extranjero, a través del “Sistema Virtual de Contratos de Extranjeros – SIVICE”, y su modificatoria realizada por Resolución Ministerial N° 117-2021-TR.
  • Ver base normativa

3. ¿A quiénes está dirigido?

Se encuentra dirigido a todo empleador, público o privado, cualquiera fuere su actividad o nacionalidad, que contrate a personal de nacionalidad extranjera, sujetándose su contratación al marco establecido en el Decreto Legislativo N° 689, así como normas reglamentarias y complementarias.

4. ¿Cuáles son los requisitos para solicitar la aprobación de un contrato de trabajo de personal extranjero de contratación, sus prórrogas y/o modificaciones en el Sistema Virtual de Contratos de Extranjeros?

  1. Solicitud Virtual de aprobación de contrato de trabajo, conforme está establecido en el sistema informático, el mismo incluye las declaraciones juradas exigidas por el marco jurídico vigente. (Ver)
  2. Contrato de trabajo, físico o digital, en formato PDF con las cláusulas mínimas establecidas en la base normativa para la contratación de trabajadores extranjeros, según corresponda al caso. (Se recomienda utilizar el modelo de contrato del Anexo N° 03) Ver)
  3. Comprobante de pago por los derechos de tramitación, según corresponda al trámite a realizar, dirigido a la Dirección o Gerencia Regional de Trabajo y Promoción del Empleo responsable del trámite. Ver)

5. ¿Cuáles son los requisitos para la presentación de un contrato de trabajo de personal extranjero exceptuado por tiempo indeterminado en el Sistema Virtual de Contratos de Extranjeros?

  1. (i) Solicitud Virtual de registro de contrato de trabajo, conforme está establecido en el sistema informático, el mismo incluye las declaraciones juradas exigidas por el marco jurídico vigente.
  2. (ii) Contrato de trabajo, físico o digital, en formato PDF. (Para extranjeros exceptuados contratados bajo la regla del Decreto Legislativo N° 689, es decir sujeto al plazo máximo de tres años, prorrogable sucesivamente por plazos no mayores a tres años, se recomienda usar el modelo de contrato del Anexo N° 03) (Para extranjeros exceptuados de los incisos a), b), c) y g), que celebren contratos modales o a plazo indeterminado, se recomienda solicitar asesoría legal, para cumplir con la normativa correspondiente)

6. ¿Cuáles son los módulos del Sistema Virtual de Contratos de Extranjeros?

El sistema del Registro Nacional de Contratos de Trabajo de Personal Extranjero contiene 05 módulos, según el siguiente detalle:

Módulo 01: Presentación de contrato de personal exceptuado.
Módulo 02: Aprobación del contrato de trabajo de personal extranjero.
Módulo 03: Aprobación de la prórroga del contrato de trabajo del personal extranjero.
Módulo 04: Aprobación de la modificación del contrato de trabajo de personal extranjero.
Módulo 05: Consultas sobre el registro.

En específico, al ingresar al “Sistema Virtual de Contratos de Extranjeros – SIVICE”, los términos literales para cada módulo son conforme al siguiente detalle:

Módulo 01: Personal exceptuado
Módulo 02: Contrato de trabajo
Módulo 03: Prórroga de contrato
Módulo 04: Modificación de contrato
Módulo 05: Consultas

7. ¿Cuál es el procedimiento para el registro en el Sistema Virtual de Contratos de Extranjeros?

Los empleadores ingresan al Sistema Virtual de Contratos de Extranjeros – SIVICE utilizando como acceso el usuario y contraseña de su clave SOL y seleccionan “Entrar”. Al momento de entrar, el sistema informático solicita ingresar un correo electrónico al que tenga acceso y seleccionan “Aceptar”, para autorizar la notificación electrónica de la Constancia que fuere a emitirse.

A continuación, podrá observar los módulos del sistema, de manera automática aparece en el Módulo 01 referido al personal exceptuado, sin perjuicio de ello, el empleador podrá seleccionar el módulo en el cual necesita realizar su procedimiento administrativo, según sea el caso:

a) Para la presentación de contrato de personal exceptuado: El empleador debe seleccionar el módulo “Personal exceptuado”, luego seleccionar la opción “Nuevo contrato” y procede a completar los campos y adjuntar el archivo PDF del contrato de trabajo, para culminar seleccionando “Enviar contrato”.

b) Para la presentación de contratos de trabajo de personal extranjero aprobados antes del funcionamiento del SIVICE (16/11/2020): El empleador debe seleccionar el módulo “Contrato de trabajo”, luego seleccionar la opción “Registro de contratos aprobados antes del SIVICE” y procede a completar los campos y adjuntar en un solo archivo PDF de la evidencia de presentación física y el contrato de trabajo presentado, para culminar seleccionando “Enviar ficha de contrato”.

c) Para la aprobación del contrato de trabajo de personal extranjero de contratación: El empleador debe seleccionar el módulo “Contrato de trabajo”, luego seleccionar la opción “Nuevo contrato” y procede a completar los campos, adjuntar el archivo PDF del contrato de trabajo, y la validación del comprobante de pago por derechos de tramitación a la DRTPE/GRTPE correspondiente o adjuntar el archivo PDF del voucher de pago, para culminar seleccionando “Enviar ficha de contrato”.

d) Para la aprobación de la prórroga del contrato de trabajo de personal extranjero: El empleador debe seleccionar el módulo “Prórroga de contrato”, luego del “Listado de registros” selecciona la constancia que aprobó su contrato de trabajo y que desea ampliar la fecha de término, y procede a completar los campos, adjuntar el archivo PDF del contrato de trabajo de prórroga, y la validación del comprobante de pago por derechos de tramitación a la DRTPE/GRTPE correspondiente o adjuntar el archivo PDF del voucher de pago, para culminar seleccionando “Enviar ficha de contrato”.

NOTA: Para la aprobación de la prórroga de un contrato de trabajo aprobado de manera presencial y/o antes del funcionamiento del SIVICE, debe realizar primero el procedimiento indicado en el punto (ii), para luego seguir el procedimiento detallado en este punto.

e) Para la aprobación de la modificación del contrato de trabajo de personal extranjero: El empleador debe seleccionar el módulo “Modificación de contrato”, luego del “Listado de registros” selecciona la constancia que aprobó su contrato de trabajo y que desea modificar los datos mínimos del contrato, y procede a completar los campos, adjuntar el archivo PDF del contrato de trabajo de modificación, y la validación del comprobante de pago por derechos de tramitación a la DRTPE/GRTPE correspondiente o adjuntar el archivo PDF del voucher de pago, para culminar seleccionando “Enviar ficha de contrato”.

NOTA: Para la aprobación de la modificación de un contrato de trabajo aprobado de manera presencial y/o antes del funcionamiento del SIVICE, debe realizar primero el procedimiento indicado en el punto (ii), para luego seguir el procedimiento detallado en este punto.

 

Para los cinco (5) procedimientos señalados en párrafos precedentes, el SIVICE emitirá una Constancia digital autorizada por la Autoridad Administrativa de Trabajo competente, la misma que se notificará de manera automática e inmediata al correo ingresado por el empleador al momento de ingresar al SIVICE, así como al del trabajador, que fue comunicado en la solicitud virtual por el empleador. 

Para mayor información sobre el manejo del Sistema Virtual de Contratos de Extranjeros – SIVICE, utilice el siguiente “Manual de Uso Módulo Externo”:

Para mayor información sobre el Registro Nacional de Contrato de Trabajo de Personal Extranjero puede comunicarse con la Dirección de Registros Nacionales de Relaciones de Trabajo del MTPE al correo sivice@trabajo.gob.pe.

Para consultas y/o reportar sobre una incidencia en el SIVICE puede comunicarse con el Centro de Servicios Informáticos del MTPE al correo servicedesk@trabajo.gob.pe y/o con la Dirección de Registros Nacionales de Relaciones de Trabajo del MTPE al correo sivice@trabajo.gob.pe.

Para reportar incidentes o requerimiento en el SIVICE, de acuerdo a la Resolución de Secretaria General N° 056-2021-TR/SG, puede comunicarse con la Mesa de Servicio del MTPE a los siguientes datos de contacto: Teléfono 630 6000, anexo 9009; mds@trabajo.gob.pe